1. Trabajador autónomo/ Profesional liberal
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declaración entregada por la Administración encargada de la concesión de la eventual habilitación, licencia, autorización o de la recepción de la denuncia de inicio actividad, o bien de los entes dispuestos para la vigilancia de los órdenes (colegios) profesionales;
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demostración de una renta de importe superior al nivel mínimo previsto por la ley para la exención de la
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partecipación a los gastos sanitarios (8.500,00 euros).
2. Empresarios, comerciantes y artesanos
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declaración de los parámetros de referencia respecto a la disponibilidad de recursos financiarios necesarios para el ejercicio de la actividad, otorgado por la Cámera de Comercio, Industria, Artesanías y Agricoltura de la provincia de donde se piensa desarrollar la actividad misma o del correspondiente orden profesional (art. 39, comma 3, del DPR 394/1999);
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demostración de posser los recursos económicos suficientes en la medida indicada en la declaración presentada previamente (punto precedente);
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los parámetros de los cuales se habla en los puntos precedentes se fundan sobre la disponibilidad en Italia, por parte del solicitante, de una suma no inferior a la capitalización sobre base anual, de un importe mensil igual al subsidio social;
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fotocopia de la asignación de la partida I.V.A.;
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declaración otorgada por la Administración encargada de la concesión de la eventual habilitación, licencia, autorización o de la recepción de la denuncia de inicio actividad;
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demostración de una renta de importe superior al nivel mínimo previsto por la ley para la exención de la partecipación a los gastos sanitarios (8.500,00 euros).
3. Titular de contrato por prestación de obra, asesoramiento, etc.
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certificado de inscripción de la empresa para la cual se presta actividad laboral, activa desde al menos 3 años, en el Registro de las Empresas (perfil de trabajo obtenido generalmente en la Cámara de Comercio sea para las empresas que para los trabajadores autónomos);
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copia del último balance de la empresa (si sociedad de capital) depositado en el Registro de las Empresas, o de la última declaración de rentas/ganancias (si sociedad de personas o empresa individual), de la cual resulte que la entidad de los ingresos o de las ganancias sean suficientes a garantizar la remuneración;
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contrato de trabajo, con el cual se asegure al trabajador autónomo un compenso de importe superior al nivel mínimo previsto por la ley para la execión a la partecipación de los gastos sanitarios (8.500,00 euros).
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copia de la declaración de responsabilidad, enviada a la correspondiente Dirección Provincial del Trabajo, con la cual se indica que, en virtud del contrato estipulado, no será instaurada alguna relación de trabajo subordinado.
4. Socios, administradores de sociedad
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copia del acto constitutivo de la sociedad;
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certificado de inscripción de la sociedad, activa desde al menos tres años, en el Registro de las Empresas (perfil de trabajo obtenido generalmente en la Cámara de Comercio);
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declaración del representante legal de la sociedad que asegure, para el socio prestador de obra, o para el
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sujeto que desempeña cargos sociales, una renta de importe superior al nivel mínimo previsto por la ley para la exención de la partecipación a los gastos sanitarios (8.500,00 euros).
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copia del último balance de la empresa (si sociedad de capital) depositado en el Registro de las Empresas, o de la última declaración de rentas/ganancias (si sociedad de personas o empresa individual), de la cual resulte que la entidad de los ingresos o de las ganancias sean suficientes para garantizar la remuneración;
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copia de la declaración de responsabilidad, enviada a la correspondiente Dirección Provincial del Trabajo, con la cual se indica que, en virtud del contrato estipulado, no será instaurada alguna relación de trabajo subordinado.
5. Lectores universitarios de intercambio o de lengua madre
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declaración otorgada por la universidad o por el instituto de instrucción superior y de investigación, públicos o privados, que demuestren el poseso de los requisitos profesionales necesarios para el desarrollo de las relativas actividades;
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demostración de una renta de importe superior al nivel mínimo previsto por la ley para la exención de la
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partecipación a los gastos sanitarios (8.500,00 euros)
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certificación de la Dirección Provincial del Trabajo a donde se comprueba que el programa negociado no comportará ninguna relación de trabajo subordinado.
6. Traductores e interpretes
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título de estudio o comprobante profesional de traductor o intérprete, específicos para las lenguas solicitadas, otorgados respectivamente por una escuela estatal o por un ente público u otro instituto paritario, según la legislación vigente en el Estato de otorgamiento, con la visa correspondiente entregada por las representaciones diplomáticas o consulados competentes;
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demostración de una renta de importe superior al nivel mínimo previsto por la ley para la exención de la partecipación a los gastos sanitarios (8.500,00 euros).
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certificación de la Dirección Provincial del Trabajo a donde se comprueba que el programa negociado no comportará ninguna relación de trabajo subordinado.